Sunday, November 23, 2008

Pensamientos sobre la libertad, el software y el fundamentalismo

Reproduzco aquí algunos pensamientos que se me ocurrieron en ocasión de debatirse en la lista de usuarios de linux de Bariloche acerca de la venida de Richard Stallmann y el significado del movimiento open-source:
Se me ocurren algunas reflexiones, no tanto sobre la figura de Stallman, sino del software libre en general, que tienen que ver con la parte de 'libertad'.

Las tensiones entre 'libertad' y 'orden' preocupan a los filósofos, a los politólogos y a los juristas desde hace por lo menos 2000 años, aunque me animaría a decir que bastantes más, sin que hasta ahora se haya podido encontrar una fórmula genéricamente aplicable que satisfaga a todos o por lo menos una mayoría realmente significativa, cambiando además el foco según las épocas y los lugares. Se podría decir que en la actualidad, en lo que denominamos 'cultura occidental' de la que somos parte, predomina la valoración de la libertad, que con mayor o menor intensidad es resaltada como valor ideal, en algunos casos supremo.

Pero también existe una sensación generalizada de que esa libertad no puede ser absoluta porque entonces no existiría la cultura y sería imposible la vida en comunidad, es decir, un marco dentro del cual se relaciona la gente. Tan importante es poner límites a la libertad, que el propio Stallman, o más bien la FSF, hace cada vez más restrictivas sus licencias GPL: restringen en foma cada vez más absoluta la libertad de poner restricciones a los productos desarrollados con material al que se le ha aplicado una de estas licencias (ni hablemos de la GPLv3, que pretende contagiar hasta a los productos que usan el software, razón por la que es tan cuestionada). No estoy abriendo opinión sobre si el mayor o menor valor ético de algunas licencias, estoy mencionando un hecho.

Hace poco leía un artículo, según el cual BMW estaría desarrollando con Google y otra empresa un sistema open-source para algunos autos del futuro, de forma de permitir mayor libertad en el diseño (ver las notas de linuxjournal y de authoshowplanet), sobre lo que escribí en mi blog). De aplicarse una licencia como GPLv3, automáticamente el usuario final debería encontrarse en condiciones de re-programar cualquier función que no le guste o que crea que puede mejorar. Mi pregunta es: ¿es ésto deseable? Una cosa es pelearse con la propia PC, donde la peor consecuencia que podría tener una mano mal metida es quedarse uno o varios dias sin trabajar, y otra es interferir en sistemas que interactúan con el resto de la sociedad.

Yo particularmente no quisiera viajar en un avión sobre el que pudiera pensar que el piloto le pudo modificar el software de direccionamiento, o algun otro que resulte esencial para llegar a destino... En resumen, mi opinión personal (esto sí es opinión) es que, así como no se puede dejar que alguna gente circule libremente entre otra, tampoco es posible pretender que todo el software deba tener la aptitud 'jurídica' de ser modificado, y que en cada caso hay que atender las necesidades y conveniencias de una u otra alternativa. En el caso de la Administración Pública, me parece importante el uso de SL en todo aquello que resulte viable, tanto desde el punto de vista de la 'libertad', para poder adaptarlo a las necesidades de cada organismo, como desde el punto de vista de 'menor costo de licencia', porque permite que el TOC (que seguramente no disminuye, como señaló Eduardo) se distribuya de un modo distinto y genere puestos de trabajo locales. Pero, reitero, *en la medida en que resulte viable* y no comprometa los servicios que deben darse.
....
...me gustaría cerrar con algunas palabras de Linus Torvalds, refiriéndose a RMS:
"I don't like single-issue people, nor do I think that people who turn the world into black and white are very nice or ultimately very useful.", (de su blog, donde, despues de hacer algunas reflexiones sobre lo que es tener 'pasión por algo' y 'pasión contra algo', dice : "quite frankly, I really find the whole notion of Linux as being "against Microsoft" to be silly and wrong-headed).


A ésto me gustaría agregar algo más, sobre lo que pensaba esta mañana, y es la famosa comparación de que "si yo tengo una manzana y te la doy, me quedo sin manzana; si tengo una idea y te la doy, los dos tenemos una idea" -- que es justamente el punto donde a veces se pierde el foco. Si reemplazamos "manzana" por "producto" o "recursos", se puede advertir claramente que no siempre puede 'abrirse' el resultado de la actividad intelectual; en tanto ella sea un "producto" que me sirva para obtener los "recursos" necesarios para vivir, no siempre compartirlos me hará más rico... (queda para otra oportunidad la cuestión de cuánta riqueza es moralmente aceptable, si es que hay un límite).

Wednesday, October 29, 2008

La filosofía open-source y el derecho de daños

Esta mañana mi cuota periódica de Google-Reader me trajo una noticia interesante desde varios ángulos; una gran noticia desde el punto de vista del software libre, pero un tanto inquietante desde el punto de vista de las eventuales responsabilidades a la hora de algún desperfecto o accidente.
Se trata de un plan que aparentemente une a BMW, Google y Windriver Systems para diseñar un auto basado en linux; la nota se puede ver en linuxjournal y en autoshowplanet.
Siendo de la esencia del software libre la posibilidad de modificarlo, me surge la pregunta si tanta libertad es deseable, teniendo en cuenta que un auto es uno de los mayores riesgos con los que se enfrentan a diario los habitantes de las ciudades (y también, en medida creciente, los de las zonas rurales), lo que hizo que a lo largo de su desarrollo fuera necesario regular minuciosamente algunas prestaciones de seguridad. ¿Será que para evitar una manipulación irresponsable sólo podrán acceder a los permisos de root las personas especialmente licenciadas para ello? Es una posibilidad, limitar las opciones (y permisos) de usuario a cuestiones no esenciales.
Otra de las preguntas que se me ocurre es por las responsabilidades, es decir: ¿no es una forma de 'embarrar la cancha', posibilitando que la responsabilidad por algún desperfecto o mal funcionamiento o incluso accidente se diluya entre varios sujetos indeterminados?
Posiblemente estas preguntas suenen un tanto pueriles o innecesariamente alarmistas; pero si se llegara a implementar la adopción de software libre en la programación de los automóviles (cosa que quizás si redunde en una mayor facilidad de integrar distintos componentes, como dice el artículo de autoshowplanet), deberán ser tenidas en cuenta, ya que justamente los accidentes de automotores son una de las causas más habituales de juicios de daños.

Sunday, October 19, 2008

Qué país anómico que somos!

Somos un país anómico, eso es seguro. No por falta de leyes, sino por su desbordamiento, enormidad de normas, pero a destiempo.

El caso de la hora oficial resultó emblemático estos días. Desde el mes de diciembre (el 30/12, para ser más exactos) del año pasado, por ley se corrió la Argentina a una ubicación 15º o 30º de longitud más al Este, según las estaciones; esa misma ley decidió que cada año se establecería la fecha en que empezaba la 'temporada estival', mediante un decreto del Poder Ejecutivo.

Este año, hace ya casi un mes que en algunos círculos se viene hablando del cambio, que se produciría el 3er. domingo de octubre; pero hasta el día 16/10 no salió publicado el decreto 1693 (firmado el 15/10) que establece el inicio de la denominada 'temporada estival' para el día 19/10, es decir, 4 dias despues.
Como esta cuestión provocó mucho revuelo (ya que para las provincias de la zona cordillerana significaba correrse más o menos 3 horas respecto de las que geográficamente les correspondía), al otro día sale el decreto 1705, que exceptúa de los efectos del decreto 1693 (y de la ley 26350, dicho sea de paso) a las provincias que más barullo hicieron, entre ellas Río Negro.
El caso de Río Negro merece además un capítulo aparte. El día 17/10 (2 días antes del día D), aparece en las tapas de todos los diarios de la región la noticia de que la provincia *sì* se plegaría al cambio de horario dispuesto por el gobierno nacional; esto, basado en un comunicado oficial del gobierno provincial, que el dia anterior había estado a los besos y abrazos con nuestra querida Presidenta (que, dicho sea de paso tambien, se mandó con algunas barbaridades como que "Argentina es el único país que fabrica satélites de telecomunicaciones fuera de Estados Unidos" --siempre según los medios periodísticos--, encontré un par de ejemplos para refutarla...).
A media mañana del 17/10, todos despistados, ya que recibíamos de Buenos Aires la noticia del decreto 1705, según el cual Rio Negro quedaba exceptuada. Conclusión: evidentemente necesitamos adrenalina para funcionar...

Nota: este articulo es reproducción del que escribiera para buzzyread con el mismo motivo.

Monday, September 8, 2008

EE.UU. toma el control de dos gigantes hipotecarios para evitar una turbulencia económica

Leo en Clarin: "EE.UU. toma el control de dos gigantes hipotecarios para evitar una turbulencia económica". La pregunta que me surge es sobre la normativa estadounidense que le permite intervenir dos empresas privadas; no porque me parezca objetable en sí esa intervención (no tengo suficientes elementos de juicio para evaluarlo) sino porque pienso en el pseudo-escándalo jurídico que significaría aquí una medida semejante, tratándose de empresas privadas, aunque tengan objeto público.
Esto demuestra, además, que por más liberal que sea un país, si es serio cuida sus intereses, aunque éstos impliquen pasar por arriba de una o dos reglas; algo que pareciera que los argentinos no podemos asumir.

Thursday, August 28, 2008

Intento de explicación licencia de PicApp

Un amigo me pidió que le diera un panorama de lo que significaba la licencia que está en este sitio.

No soy ninguna experta en derechos de autor, pero intentaré dar un pantallazo de lo que me parece más relevante; aunque mi opinión es que es preferible usar el camino inverso, es decir, definir qué se quiere usar y cómo, y después por descarte ver si eso está comprendido entre los usos permitidos o los prohibidos.-

Empecemos con lo que es posible hacer (derechos no-exclusivos, intransferibles):
===============
- use --> usar
- publish online --> subir a un sitio
- publicly display and reproduce Visual Content from the Website --> exhibir y reproducir "visual content" (el contenido, o la imagen, bah...) en forma pública desde el sitio (no sé cuál, si el de picapp o el tuyo)

PERO: esto no incluye permitir a los terceros que sean usuarios finales, destinatarios del sitio o receptores del VC (la imagen) lo bajen o lo copien de cualquier manera que no sea para el uso web, seleccionándolo de un "menú viral" (primera vez que veo esta expresión), que debe agregarse al VC y ser aceptado por quien lo quiera usar.
Si tu uso se delega a terceras personas, tenés que notificarles que su aceptación de estas condiciones es una condición previa para usarlas o reproducirlas, y *es tu responsabilidad verificar que las acepten!*


Y acá empieza a enroscarse más la cosa: INTRANSFERIBLE quiere decir:
- que la aplicación de los usos permitidos debe ser exclusivamente para el beneficio de quien utiliza la imagen, lo que quiere decir que:
-----
|
\/
respecto del "VC" NO ES POSIBLE:
=========
- venderlo
- alquilarlo
- prestarlo
- darlo en leasing
- regalarlo
- sublicenciarlo
- comerciarlo
- intercambiarlo
- ponerlo a disposición para intercambio o download (bajada)
o transferirlo de cualquier modo a nadie
ni acordar a ninguna otra persona o entidad (ja!) el derecho de llevar a cabo cualquiera de los usos permitidos como no sea el "Uso Viral" (??) que se define más abajo (y que tampoco entendí).

Al usar las imágenes (el "Visual Content") aceptás que tomarás todas las precauciones necesarias para evitar estos usos indebidos por parte de terceras personas.

Además, usar las imágenes (el "VC") SIN aceptar o respetar estas condiciones, constituye violación del derecho de autor.

Finalmente, tené en cuenta que la legislación bajo la cual se genera esta licencia es la legislación israelí, de la que no te puedo dar mucha información (supongo que no será muy distinta de la internacional, pero vaya uno a saber....) - etc., etc., etc...

Un párrafito un tanto urticante es el numero 14, que declara que te comprometés a mantener indemne a PicApp frente a cualquier reclamo (eso en un contrato bilateral es normal, pero tenés costos calculados; acá? medio difícil, no?), y en el parrafo 13 les garantizás que tu uso del VC no viola ninguna ley de ningún país, que la información que les das en real (incluida la de tu tarjeta de crédito) y que te asesoraste adecuadamente sobre posibles violaciones de derechos de autor.

En lo estrictamente técnico, fijáte las limitaciones y condicionamientos del párrafo 10 (demasiadas para que te las traduzca todas ahora) , especialemnte 10.5, 10.8, 10.13 (tamaño de la imagen!), y el párrafo 11.1.

Bueno, en realidad hay que leerse todo, pero creo que con esto podés tener una idea.
Como te decía, lo mejor es que me digas con el mayor detalle posible qué y cómo querés usarlo, para que yo te pueda decir si está dentro de lo permitido.

Ahh, además dice que para poder recibir algún tipo de compensación (supongo que algunos centavos por cada clik, o algo asi), tenés que estar registrado.

Si lo que buscás son imágenes, quizás te sirva este sitio:

http://www.istockphoto.com
(también tiene una licencia larga y complicada, pero me parece que no es tan enredada como esta anterior)

En resumen, estas licencias son típicas del derecho anglosajón, y son tan casuistas, que en la práctica es muy difícil dar lineamientos generales de uso.

Friday, August 22, 2008

Telecom y Telefónica

Un artículo en infobae que menciona la adquisición de parte de Telecom Italia por Telefónica de España. Para seguir investigando

Thursday, August 21, 2008

Se publica fallo sobre licencias de Microsoft en Bariloche

En el diario Rio Negro de ayer (20/08/08) se publica la decisión de un juez de primera instancia de Bariloche en relación a uno de los reclamos hechos por Microsoft respecto del pago de licencias. El artículo contiene unas cuantas citas del fallo, pero a quien le interese leerlo completo, puede verlo acá.

Por ahora me limito a la noticia pelada. Próximamente comentaré los detalles interesantes de cómo se llega al fallo, haré una reseña del reclamo, de las defensas y algunas otras cuestiones que puedan surgir del expediente, si logro tener acceso.