Saturday, January 26, 2013

Sobre la muerte de Aaron Swartz y los delitos informáticos

Reproduzco aquí algunas reflexiones que se suscitaron en nuestra lista de usuarios de Linux en relación a las cuestiones puestas sobre el tapete por el suicidio de Aaron Swartz. El mail se inicia respondiendo a la pregunta de uno de los miembros que no entendía mucho de que se trataba un video subido por Anonymous a varios sitios, a lo que respondí :
Se trata de Aaron Swartz (https://es.wikipedia.org/wiki/Aaron_Swartz)  ,enjuiciado por haber difundido documentos académicos (aparentemente, aunque no me queda claro, protegidos por copyright) que se suicidó según lo que piensan muchos debido a las presiones y amenazas que recibió del depto. de justicia, que quería castigos ejemplares y mucha prensa, según lo que dicen algunos medios.
El tema es que después del suicidio el depto. de justicia trató de despegarse (http://blogs.wsj.com/law/2013/01/17/us-attorney-statement-on-the-prosecution-of-aaron-swartz/) con la típica lavada de manos, diciendo que nunca lo había amenazado con 35 años de cárcel o algo así sino que en última instancia la sentencia la hubiera impuesto el juez (lo que es técnicamente correcto, pero omite decir que los fiscales usan esa estimación para negociar declaraciones de culpabilidad), contra lo que dice el abogado que lo estaba atendiendo y se publicó en la página del min. justicia en julio del 2011:  http://www.justice.gov/usao/ma/news/2011/July/SwartzAaronPR.html. Hasta Linus le dedicó unas líneas en sus posts (https://plus.google.com/u/0/+LinusTorvalds/posts - es el 3ero o algo asi)  indignado por la 'lavada de manos' y tergiversación de la verdad o casi lisa y llanamente mentiras si se las analiza desde la óptica de alguien no entrenado en tecnicismos legales; mediante sus links y un poco de googleada posterior fue como me enteré de este tema.

Me parece muy interesante y coincide con reflexiones que todos venimos haciendo desde hace tiempo la observación de que debe adecuarse una legislación que transforma en un delito gravísimo la mera violación de los términos de servicio (en este contexto, vale la pena señalar que uno de los organismos afectados por la invasión cibernética de Swartz desistió de seguir con la acusación), y que debe estarse a una proporcionalidad entre los reales daños causados y la pena a imponerse. 

Tangencialmente, creo que es necesario empezar a diferenciar entre los daños reales y los potenciales. Creo que casi todos coincidirán (con la probable excepción de los abogados de copyright) que no es lo mismo un ataque informático que hace desaparecer dinero de la cuenta bancaria de alguien que el ataque que disminuye los potenciales ingresos por derechos de autor en sus varias formas, ingresos que por lo que se puede apreciar en las noticias generalmente son estimados con evaluaciones de máxima que no reflejan la posibilidad concreta de recibirlos (más de un artista dice haber recibido más dinero por la publicidad que la piratería le generaba de lo que hubiera recibido de una discográfica).
En un punto, parece correcta la afirmación de la fiscal Ortiz cuando dice que el hurto es un hurto independientemente del medio con que se cometa, sin embargo, esta afirmación omite tener en cuenta que el hurto de cosas materiales priva a su dueño en forma total de cualquier beneficio que la cosa le pudiera reportar, en tanto que el hurto de información no necesariamente priva a su propietario de todo beneficio ni causa en todos los casos la misma entidad de perjuicio. Tratar penalmente a una persona como Swartz en forma más gravosa que a un pirado que liquida decenas de pibes en una escuela no parece una actitud muy sana en lo que a política judicial se refiere.
Hay cosas del sistema penal de EEUU que desde nuestra cultura jurídica resultan incomprensibles (como esas sentencias que condenan a años de prisión que exceden 2 y 3 veces las posibilidades de una vida humana, por ejemplo), que son justamente las que permiten el tipo de excesos que se está proponiendo modificar. Creo que en nuestro esquema penal este tipo de situaciones resultaría bastante difícil que se diera.
En conexión con este debate, no puede dejar de señalarse el trabajo hecho por la EFF: https://www.eff.org/deeplinks/2013/01/part-2-effs-additional-improvements-aarons-law

lo que me mereció también algunas reflexiones que posteé: 
En la misma linea, suscribo el comentairo final del artículo que linkeaste y que traduzco libremente para los que lo quieran leer en castellano:
"Obviamente, el enjuiciamiento de Aaron refleja profundos problemas en el sistema de justicia penal que exceden en mucho la CFAA [la ley bajo la cual se lo enjuició], incluyendo la motivación a los fiscales para perseguir penalmente en forma lo más agresiva posible con tal de lograr que el acusado se declare culpable".

No sé si los fiscales en USA tendrán premios por 'productividad', en todo caso sería muy interesante tener ésto en cuenta aquí, ya que el sistema de la 'probation' podría eventualmente llevar a resultados similares si se llegan a levantar las limitaciones que tiene, muy lejos de su filosofía por otra parte.