Friday, November 2, 2007

INTERDICTO DE RECOBRAR

Mirando el blog después de tanto tiempo sin pasar por él, me siento horrible por haber puesto el escrito que presentamos con relación a la ocupación de Villa Tacul, con su aire tan oficinesco (o dantesco, si se quiere) sin depuración alguna. Así que decidí sacarlo y poner en su lugar un link para quien lo necesite o quiera ver, pueda llegar a él sin problemas; aquí se puede leer el texto completo; y acá se puede leer la contestación a los planteos hechos por los ocupantes, quizás de mayor interés, ya que explica por qué no existe cuestión indígena alguna, a pesar de que se quiera inscribir en esa situación.

Espero que esta pequeña depuración mejore un poco visualmente mi tan abandonado blog...

Thursday, November 1, 2007

MANDAMUS por CATEDRAL

Este post también necesitó un remozamiento, al publicar el documento en el blog el texto (la presentación judicial completa) acaparó todo el espacio, no dejando lugar para ver si había algo más.. Así que a partir de ahora, el documento se puede ver (si alguien tiene interés) entrando por acá, y lo que dejaré en este sitio es un pequeño resumen del tema, relacionado con el reclamo de Bariloche a la Provincia para que cumpla de una vez por todas con la promesa de transferir el Cerro Catedral a la ciudad de Bariloche.

Se trata en este caso de un reclamo histórico, ya que el Cerro Catedral es parte no sólo de la geografía de Bariloche, sino de su propia historia; es uno de los más importantes motores de la economía barilochense, y así fue como nació Bariloche.

Bueno, dejo el resto a la imaginación o lectura del documento....


Sunday, October 7, 2007

Derechos Humanos, Discriminación contra la Mujer

Desde el miércoles pasado al viernes inclusive se desarrollaron las Jornadas "Patagonia y Derecho", en las que se trataron temas muy variados (v. en http://version2.legisrn.gov.ar/ORIGINAL/P00383-2007.html el proyecto del legislador Spoturno para declararlas de interés provincial).-
Especialmente estimulante (y sin que ésto deba interpretarse en desmedro de otras conferencias muy importantes) me resultó la charla del viernes por la mañana, dedicada a estudiar el alcance de los pactos de derechos humanos en relación con el derecho interno de los países y a un análisis de la aplicación de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (dejo aquí un link para los que tengan interés en profundizar: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/ ), que me motivaron a pensar algunas cosas más; por ejemplo, en el notable desfasaje existente entre los ingresos de las mujeres con relación al de los hombres. A esta altura debiera resultar obvia la causa principal (o, al menos, una de las que sin duda resulta determinante), sin embargo, creo que pocas veces nos detuvimos a pensarla: el entrenamiento internalizado a través de los siglos para hacernos cargo de las tareas con poco o ningún contenido económico.
Tampoco es tan así, esto del escaso contenido económico; es un contenido económico enorme, que de querer sustituirse probablemente no podría ser pagado con todo el PBI de un país; por eso mismo, seguramente, y por su intrínseca necesidad -- ya que es quizás la más imprescindible de las prestaciones --, es que se ha tendido a minimizar su reconocimiento económico y social. Ante tantos siglos de preparación para valorar más el reconocimiento afectivo que el económico, parece muy difícil sacudirse esa actitud y salir a pelear una remuneración. Probablemente, sea éste uno de los puntos en los que las mujeres (al menos aquellas que no tenemos la desgracia de enfrentarnos a formas más destructivas de discriminación) tengamos que empezar a trabajar, nuestra propia conciencia de que el trabajo DEBE ser remunerado, y que debe serlo adecuadamente.


Saturday, September 22, 2007

Ocupación del bosque

Continuando con el tema, acá van las noticias de hoy, sábado 22/09/07, donde se resume la inspección que hizo el Juez que lleva el tema y el relato que los ocupantes le habrían hecho respecto de sus motivos:

diario el cordillerano
y bariloche2000, ambos del 22/09/2007.-

NOTA: el link al artículo de El Cordillerano habrá que actualizarlo a partir de mañana, ya que quedará en el archivo digital del diario agrupado por fecha.


Hasta que no se encuentre más avanzada la presentación de la Municipalidad, no puedo hacer comentarios al respecto; sin embargo, serán bienvenidos todos los que los eventuales lectores quieran hacer, sea en favor de cualquier postura, porque seguramente ayudarán a aclarar y enfocar el tema en su justa dimensión.

Gracias desde ya a los que se tomen el trabajo de ir siguiendo esta cuestión.

Wednesday, September 19, 2007

Ocupación autodenominada "mapuche" en Villa Tacul


Es lunes a primera hora. De la Dirección de Medio Ambiente me llaman para consultarme los pasos a seguir respecto de una ocupación iniciada el fin de semana en la zona de Villa Tacul (Parque Municipal Llao-LLao, Bariloche) por gente que se dice descendiente de un cacique que habitó el lugar hace más de ochenta años.
Hacia media mañana vamos a hacer una constatación, y vemos que, efectivamente, se ha instalado un grupo de gente que está activamente construyendo una cabaña, que ha instalado un colectivo con baño químico, algunos ceban mate mientras otros cortan leña y aún otros se dedican a reforzar la cabaña.
Todo eso en un área protegida, declarada intangible, en la que está prohibido incluso acampar y hacer fuego; respecto de la cual se han hecho estudios profundos con el fin de su preservación ambiental.
Las fotos (tomadas con el celular, ya que la velocidad de los acontecimientos no me permitió prepararme mejor) son ilustrativas.

PD: trataré de ir volcando las distintas alternativas de la cuestión a medida que se vaya avanzando (siempre dentro de los límites que permita mi función, pero con la mayor objetividad posible). Por de pronto, aquí se puede ver la denuncia presentada.

Babilonia o el poder de la irracionalidad

Sigo todavía sorprendida por la irrracionalidad que domina el análisis de la cuestión de Babilonia (para los que no son de acá: boliche bailable de 5ta. categoría, ubicado en la ciudad de Bariloche). El componente más destacado de esa irracionalidad se puede ver aqui, bajo la etiqueta "politica".
Si bien se trata justamente de eso, "política", la sensación de ser un fusible político no es agradable.
Por eso, y porque siempre me pareció importante analizar las cosas más allá de las emocionalidades del momento, estoy escribiendo estas líneas.
Para los que no estén en tema, es importante decir que hace aproximadamente dos semanas se mataron cuatro chicos (de un grupo de 7 que iban en un auto), por conducir corriendo picadas, en estado excesivamente alcoholizado, después de salir de ese boliche un jueves al amanecer. El sentir popular culpa al boliche (Babilonia) por ese accidente (y lo que sigue no debe interpretarse en modo alguno, tampoco, como negación de la responsabilidad que, también lo creo, le cabe).
Es en este marco que se desarrolla la audiencia fijada por la justicia en el juicio que se le sigue al dueño de Babilonia por violación de clausura. Un resumen de algunas de las alternativas más importantes del juicio puede verse en esta pagina, bajo la etiqueta "judiciales".
Tal como se explica en ese resumen, el juicio se inició imputando a uno de los dueños del establecimiento el delito de "desobediencia" (un delito con una pena mínima de quince días y máxima de un año, excarcelable y de posible cumplimiento condicional, según el art. 239 del Código Penal) por no haber acatado la clausura que ordenara la Jueza de Faltas de la Municipalidad. El objeto de la audiencia era determinar la posibilidad de encontrar pautas de conducta que pudieran encauzar su actividad en el marco de la legalidad, excluyendo la sanción penal (que de todos modos con la mayor probabilidad carecería de efectos prácticos inmediatos, al ser de cumplimiento condicional). Estas audiencias están expresamente previstas por el Código de Procedimientos Penal de la Provincia para este tipo de delitos.
Es así que, llegada la audiencia, el imputado ofrece cumplir la clausura que en su momento dispusiera la Jueza de Faltas y en ese tiempo habilitar el establecimiento según las leyes vigentes; ofrecimiento que yo, como apoderada de la Municipalidad, acepté, en la medida en que se cumpliera estrictamente con lo ofrecido, es decir, mantener cerrado mientras se ponían las cosas en regla.
Este acuerdo no significaba ni más ni menos que cumplir lo que en su momento había ordenado la Jueza de Faltas: que el boliche cerrara hasta que tuviera la habilitación correspondiente.
Nunca imaginé que eso desataría una lluvia de emociones y ataques (personalizados, incluso, como puede verse en la nota del "Cordillerano" que se menciona más arriba). Esperaba algún tipo de reacción, claro, porque el boliche mismo está cuestionado socialmente; pero la actividad no está prohibida (es decir, el cuerpo legislativo de la ciudad no la declaró ilegal), y hasta donde yo sé, en un estado de derecho (un objetivo por el que la humanidad viene luchando hace dos mil años) no se puede prohibir hacer lo que las leyes no prohiben.
Después de analizar un poco más la cuestión y escuchar algunas opiniones, me dí cuenta que la sensación era que "se le daban más oportunidades" al boliche, frente al sentimiento generalizado de que había que limpiarlo de la faz de la tierra. Y es aquí donde entra la irracionalidad: el resultado de la audiencia no es darle más oportunidades, aunque a los ojos desprevenidos pueda parecerlo.
De no haberse hecho ese acuerdo, la acción penal probablemente hubiera seguido. Se habría impuesto una condena de cumplimiento condicional o una 'probation' al imputado, que es, no debe olvidarse, sólo uno de los dueños; el otro no quedó comprendido en la causa penal, a pesar que había sido también denunciado junto con él.
¿Qué hubiera impedido en ese caso que el boliche siguiera funcionando como siempre, en el borde de la legalidad? ¿Evadiendo los controles e intimaciones, habilitandolo a nombre de un socio o de un testaferro?
Es precisamente por eso que este acuerdo no da más oportunidades al boliche; sí le da una oportunidad al socio implicado en la causa penal de entrar en el sistema y hacer las cosas bien; sí le da una oportunidad a las autoridades de controlar más, ya que ahora se suman los controles de la Municipalidad y de la Justicia penal.
Y le da una oportunidad a la sociedad toda de empezar a hacer las cosas seriamente.

Thursday, August 16, 2007

Los expedientes judiciales y el archivo

Ayer estaba ordenando algunas notas, y encontré una especie de memo que le presenté al Poder Judicial de esta provincia, en una charla informal que tuve con su subadministrador por derivación de uno de los miembros del Superior Tribunal de Justicia.

Allí trataba de dar forma a algunas ideas que se me ocurrían en cuanto a la importancia de tener un archivo judicial que no sólo sirviera como depósito de la documentación, sino también, con un enfoque más 'proactivo', se gestara como un resguardo de la historia viva de cada localidad.-

Es por eso que, movida por una lectura fascinante que despertó en mí esas inquietudes, se me ocurrió esbozar las siguientes ideas, buscando que la información contenida en el archivo judicial pudiera ser aprovechada a largo plazo con un enfoque histórico.

Para eso, empecé por preguntarme por las premisas de las que debía partir la calificación y clasificación de los expedientes judiciales; surgió así que en primer término sería necesario definir los criterios a utilizar para el ordenamiento de los expedientes en elarchivo, tanto desde un punto de vista estrictamente material o físico como desde el punto de vista de una eventual gestión informática.-

También aparece como claro que debe existir posibilidad de recuperar esa información en forma sistematizada, aún después de muchísimos años de que las correspondientes actuaciones judiciales estuvieran finalizadas.-

En relación a todas estas cuestiones, también parece claro que deben revisarse los conceptos tradicionalmente utilizados en la clasificación de los expedientes, generalmente de orden cronológico, para permitir una utilización integral, cruzada si es necesario, de la información que llega a la dependencia, que permita reconstruir un momento histórico, social y económico y una historia determinados.-

Debe procurarse además, a mi entender, que el recupero y procesamiento de la información pueda hacerse desde diversos entornos, básicamente informáticos, y probablemente con posibilidad de enfoques multimediales.-

Una de los grandes objeciones que se escuchan en relación a propuestas de este tipo es la de la falta de recursos. No podemos negar que los recursos disponibles para este tipo de proyectos no son demasiado elevados, sin embargo, existen en la actualidad tecnologías que prácticamente no tienen costo alguno para su implementación, y que sólo requieren de una real voluntad de usarlas para llegar al resultado buscado.

Es por eso que seguiré insistiendo en no perder nuestra historia....

Monday, July 30, 2007

Thursday, July 26, 2007

Para comenzar, algo sobre firma digital

Mucho se habla últimamente en los medios judiciales (al menos aquí en Río Negro, aunque pareciera una moda que empieza a cundir) sobre la firma digital. Tenemos una ley de firma digital ( ley 25.506 ), un decreto reglamentario decreto 2628/02 que declara propender a la despapelización de la Administración Pública , reformas a los códigos de procedimientos que incorporan comunicaciones electrónicas, etc.... pero lo que no tenemos son autoridades certificantes para usuarios que no pertenezcan a organismos de la administración pública (nacional, salvo convenio expreso), a pesar que hace ya, cuánto? seis años? que tenemos esa ley.

Pareciera que hay algo que no funciona en este enfoque; empezando, claro está, por la distinción que hace entre firma digital (art. 2º) y firma electrónica (art. 5º), totalmente arbitraria e irracional desde lo técnico; aunque quizás no tanto desde lo jurídico.... Probablemente sea el momento de revisar el esquema en el que está basada la infraestructura de la firma digital y, justamente como su nombre lo indica, crear una infraestructura que, a través de una interconexión entre diversos niveles de certificación, logre el objetivo de la ley.

Se me ocurre que lo que no funciona es justamente la base sobre la que se asienta el concepto de certificado digital; son tantos los requisitos (casi tantos como las letras del alfabeto!) en infraestructura tecnológica y humana, y en obligaciones, que impone la ley 25506 a los hasta ahora inexistentes certificadores licenciados, que hasta donde tengo conocimiento no se constituyó ninguno destinado al uso general, ni han asumido tal tarea las entidades que lo hubieran podido hacer, tales como colegios públicos de las distintas profesiones.

Por todo ésto, creo que es mucho más razonable partir de una escala de menor complejidad técnica y más interrelación humana, subiendo niveles a partir de unidades de relativamente escaso tamaño, como podrían ser, justamente, los colegios profesionales, o las empresas, u organismos no pertenecientes al sector público nacional. Y sin grandes pretensiones, crear las llamadas "redes de confianza" (en inglés: web of trust, cuyo concepto puede verse aquí ), mediante las cuales un grupo más o menos numeroso de gente certifica la firma de determinadas personas, todo mediante el uso de sistemas criptográficos altamente sofisticados basados en criptografía asimétrica, algunos de ellos de uso libre, tales como gpg (que se puede obtener del siguiente enlace ).

Los certificados que así se generan se "suben" a servidores distribuidos en diversas partes del mundo que se sincronizan permanentemente entre si, lo que minimiza casi a 0 las posibilidades de falsificación de las "firmas".

Luego, subiendo de nivel, otro grupo certifica las firmas de los anteriores, y así sucesivamente, hasta que cada certificado tiene un número tan importante de avales que resultaría muy difícil dudar de su autenticidad.

Esto significa que crear una infraestructura de firma digital es posible, sin necesidad de tener una gran infraestructura tecnológica, pero resulta imperativo invertir el enfoque y abrir la mente a posibilidades no tradicionales.

El sistema no está exento de problemas, en particular, frente a los requerimientos de autoría y no repudio; pero dado un número suficientemente grande de "avales", qué diferencia real existe con un certificado que pudo ser "plantado" en los servidores de una (única) entidad, o cuyas claves pudieron ser robadas de esos mismos servidores?

En lo personal, pienso que ofrecen mayores garantías de confiabilidad y estabilidad los sistemas de uso libre con una sólida base científico-criptográfica, que no esconden sus algoritmos ni sus procedimientos ni dependen de un único organismo para su funcionamiento.